Documentación para la deducción I+D+i: guía práctica

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Documentación para la deducción I+D+i: cómo defender tus proyectos ante una revisión

Para defender una deducción por I+D+i no basta con demostrar que la empresa ha desarrollado un proyecto innovador. También es necesario acreditar qué actividades se realizaron, qué gastos están directamente relacionados con ellas y cómo se calculó la deducción aplicada.

Un expediente sólido debe conectar tres elementos: la realidad técnica del proyecto, la trazabilidad económica de los costes y la información declarada en el Impuesto sobre Sociedades. Cuanto antes se construya esa documentación, más fácil será responder ante una comprobación de la Agencia Tributaria.

¿Por qué es tan importante documentar una deducción por I+D+i?

La documentación permite demostrar que el proyecto cumple los requisitos técnicos y que los gastos incluidos en la deducción están directa y efectivamente vinculados con las actividades de investigación, desarrollo o innovación tecnológica.

La Ley General Tributaria establece que quien hace valer un derecho debe probar los hechos que lo fundamentan. En el caso de las deducciones fiscales, corresponde a la empresa acreditar tanto la existencia del proyecto como la procedencia de los gastos incluidos.

Además, la Agencia Tributaria exige que los costes de I+D+i estén:

  • Directamente relacionados con las actividades.
  • Aplicados efectivamente al proyecto.
  • Individualizados de manera específica.
  • Separados de los gastos generales o indirectos.
  • Respaldados por documentación que permita justificar su importe y su relación con el proyecto.

Por eso, una memoria técnica aislada no es suficiente. Debe existir coherencia entre el relato tecnológico, las evidencias del desarrollo, los registros del personal, la contabilidad y el cálculo fiscal.

¿Qué documentación necesita una empresa para defender una deducción I+D+i?

No existe un único documento que proteja por sí solo toda la deducción. El expediente debe reunir diferentes evidencias que, analizadas conjuntamente, permitan reconstruir el proyecto y comprobar sus costes.

Bloque documentalQué debe acreditar
Memoria técnicaNovedad, objetivos, retos, actividades y resultados
Planificación y cronologíaCuándo se ejecutó cada fase
Evidencias técnicasQue el desarrollo se realizó realmente
PersonalQuién participó, en qué tareas y durante cuánto tiempo
Gastos y facturasQué costes se imputaron y por qué
Contabilidad por proyectoCorrespondencia entre gasto, proyecto y ejercicio
Ayudas y subvencionesQué costes recibieron financiación pública
Documentación fiscalCómo se calculó y declaró la deducción
Certificación o IMVEvaluación externa y calificación técnica

1. Memoria técnica del proyecto

La memoria técnica es el documento central del expediente. Debe explicar el proyecto con suficiente claridad para que un tercero pueda entender qué se intentaba conseguir, qué dificultad existía y por qué las actividades realizadas pueden calificarse como I+D o innovación tecnológica.

Una memoria técnica completa debería incluir:

  • Situación de partida de la empresa.
  • Antecedentes técnicos.
  • Estado de la tecnología disponible.
  • Problema o necesidad que originó el proyecto.
  • Objetivos científicos o tecnológicos.
  • Novedad introducida para la empresa.
  • Incertidumbres y retos técnicos.
  • Actividades desarrolladas.
  • Metodología de trabajo.
  • Pruebas, prototipos e iteraciones.
  • Problemas encontrados.
  • Alternativas descartadas.
  • Resultados obtenidos.
  • Diferencias respecto al punto de partida.
  • Fechas de inicio y finalización de cada fase.
  • Personal y recursos empleados.

La memoria no debe limitarse a describir las funcionalidades comerciales del producto. Tiene que explicar qué avance tecnológico se perseguía y qué trabajo fue necesario para alcanzarlo.

El Real Decreto 1432/2003 define el proyecto individualizado como un conjunto de actividades coordinadas y controladas, con fechas de inicio y fin, recursos, costes y objetivos específicos. También exige diferenciar y fundamentar qué actividades se consideran I+D y cuáles innovación tecnológica.

2. Cronología y planificación de las actividades

La empresa debe poder demostrar qué parte del proyecto se ejecutó en cada ejercicio fiscal.

Para ello, conviene conservar:

  • Plan inicial del proyecto.
  • Calendarios de desarrollo.
  • Diagramas de fases.
  • Hitos técnicos.
  • Actas de seguimiento.
  • Informes mensuales o trimestrales.
  • Fechas de versiones y entregas.
  • Cambios en el alcance.
  • Incidencias y decisiones técnicas.
  • Fecha de puesta en funcionamiento, cuando proceda.

Esta cronología permite relacionar las actividades con los costes contabilizados en cada periodo y evita imputar a un ejercicio trabajos realizados antes o después.

3. Evidencias técnicas del desarrollo

La memoria debe estar respaldada por pruebas que demuestren que el proyecto se ejecutó realmente.

Según el tipo de actividad, pueden utilizarse:

  • Repositorios de código y registros de versiones.
  • Informes de pruebas.
  • Resultados de laboratorio.
  • Planos y diseños.
  • Simulaciones.
  • Cuadernos de laboratorio.
  • Fotografías de prototipos.
  • Informes de validación.
  • Capturas de versiones preliminares.
  • Tickets de desarrollo.
  • Documentación de errores e incidencias.
  • Informes de calidad.
  • Especificaciones funcionales y técnicas.
  • Correspondencia con colaboradores tecnológicos.
  • Actas de reuniones del equipo.

Las evidencias más útiles son las generadas durante el desarrollo. Reconstruirlas al cierre del ejercicio puede ser posible, pero suele ofrecer menos trazabilidad que un sistema documental mantenido desde el inicio.

4. Registro de la dedicación del personal

Los costes de personal pueden representar una parte importante de la base de la deducción. Por ello, la empresa debe demostrar qué trabajadores participaron, qué funciones realizaron y qué tiempo dedicaron al proyecto.

El expediente debería incluir:

  • Relación de trabajadores participantes.
  • Formación y cualificación.
  • Puesto y responsabilidades.
  • Contratos laborales.
  • Nóminas.
  • Coste empresarial.
  • Partes de horas.
  • Distribución de la jornada por proyectos.
  • Descripción de las tareas realizadas.
  • Periodos de participación.
  • Criterio utilizado para calcular el porcentaje de dedicación.

No es suficiente asignar un porcentaje general al finalizar el ejercicio sin explicar cómo se ha obtenido. El sistema utilizado debe ser coherente, verificable y mantenerse de forma consistente.

Los registros de horas también deben coincidir con la cronología del proyecto, las funciones del trabajador y las evidencias técnicas generadas durante ese periodo.

5. Facturas, contratos y justificantes de gasto

Las facturas son un elemento esencial, pero por sí solas no siempre demuestran que el gasto esté directamente relacionado con el proyecto.

La Ley General Tributaria señala que los gastos y deducciones derivados de operaciones empresariales deben justificarse prioritariamente mediante una factura que cumpla los requisitos tributarios.

Para cada gasto conviene conservar:

  • Factura completa.
  • Contrato o propuesta aceptada.
  • Pedido.
  • Albarán o entrega.
  • Justificante de pago.
  • Descripción detallada del servicio.
  • Informe o resultado del trabajo contratado.
  • Identificación del proyecto al que corresponde.
  • Criterio de imputación.
  • Registro contable.
  • Evidencia de la recepción efectiva del servicio.

Una factura con conceptos genéricos como “servicios tecnológicos” o “consultoría” puede resultar insuficiente si no se acompaña de documentación que explique el trabajo realizado.

6. Contabilidad analítica e individualización por proyectos

La normativa exige que los gastos consten individualizados por proyectos. Esto significa que la empresa debe ser capaz de separar los costes de cada iniciativa de I+D+i de los gastos ordinarios del negocio.

La Agencia Tributaria admite cualquier método racional y cualquier formato, siempre que permita probar posteriormente la relación directa de cada gasto con el proyecto y determinar su importe.

La empresa puede utilizar:

  • Códigos contables por proyecto.
  • Centros de coste.
  • Órdenes internas de trabajo.
  • Hojas de cálculo controladas.
  • Sistemas ERP.
  • Herramientas de gestión de proyectos.
  • Informes de contabilidad analítica.

Lo importante no es la herramienta utilizada, sino que exista una conexión clara entre:

Actividad técnica → persona o proveedor → gasto → asiento contable → base de deducción.

Los gastos de estructura general, financieros o indirectos no pueden incorporarse automáticamente a la base. Tampoco deberían incluirse costes que no puedan repartirse o individualizarse de una forma razonable.

7. Documentación de proveedores y colaboraciones externas

Cuando una universidad, centro tecnológico, consultora, laboratorio o proveedor especializado participa en el proyecto, la empresa debe demostrar qué actividad concreta se le encargó.

Conviene conservar:

  • Contrato.
  • Oferta técnica.
  • Alcance del trabajo.
  • Identificación del proyecto.
  • Entregables.
  • Informes.
  • Resultados de ensayos.
  • Facturas.
  • Justificantes de pago.
  • Correos y actas de seguimiento.
  • Propiedad de los resultados.
  • Condiciones sobre propiedad intelectual.

La descripción contractual debe permitir diferenciar una colaboración técnica vinculada al proyecto de un servicio general de asesoramiento, mantenimiento o soporte.

8. Documentación de ayudas y subvenciones

Cuando el proyecto ha recibido una ayuda pública, es necesario conservar toda la documentación relacionada con su concesión y justificación:

  • Solicitud presentada.
  • Memoria del proyecto.
  • Resolución de concesión.
  • Presupuesto aprobado.
  • Gastos aceptados.
  • Modificaciones autorizadas.
  • Justificación económica.
  • Informes de seguimiento.
  • Pagos recibidos.
  • Registro contable de la subvención.

Esta información es necesaria porque la base de la deducción debe minorarse en el importe de las subvenciones recibidas para financiar las actividades e imputadas como ingreso en el periodo correspondiente.

La memoria presentada para una ayuda y la utilizada para la deducción también deben ser coherentes. Diferencias importantes en objetivos, fechas, actividades o presupuestos pueden generar dudas durante una comprobación.

9. Cálculo fiscal de la deducción

El expediente debe permitir reproducir el cálculo incluido en el Impuesto sobre Sociedades.

Debe conservarse:

  • Relación de proyectos.
  • Calificación de cada actividad.
  • Gastos incluidos por concepto.
  • Gastos excluidos.
  • Subvenciones descontadas.
  • Porcentajes aplicados.
  • Deducciones generadas.
  • Deducciones aplicadas.
  • Saldos pendientes.
  • Conciliación con la contabilidad.
  • Declaraciones del Impuesto sobre Sociedades.
  • Asientos fiscales relacionados.

El cálculo debe poder recorrerse en ambos sentidos: desde la cifra declarada hasta cada factura, nómina o amortización, y desde cada justificante hasta la partida fiscal en la que se ha incluido.

¿Qué aporta una certificación de una entidad acreditada por ENAC?

Una entidad de certificación acreditada por ENAC realiza una evaluación independiente del proyecto de acuerdo con el alcance para el que ha sido acreditada.

Esta certificación puede ayudar a demostrar el componente tecnológico, la clasificación de las actividades y la coherencia de determinados gastos. ENAC señala que las evaluaciones realizadas por entidades acreditadas aportan información objetiva y homogénea y contribuyen a generar mayor confianza y certidumbre.

Sin embargo, deben diferenciarse dos conceptos:

  • Certificación emitida por una entidad acreditada: evaluación técnica realizada por una entidad privada acreditada.
  • Informe Motivado Vinculante: informe emitido por el organismo público competente.

La certificación no debe presentarse como si fuera directamente un Informe Motivado Vinculante. En el procedimiento general de solicitud del IMV, el Real Decreto 1432/2003 contempla la presentación de un informe técnico emitido por una entidad acreditada por ENAC, salvo determinados supuestos específicos.

¿Qué seguridad aporta un Informe Motivado Vinculante?

El Informe Motivado Vinculante aporta seguridad sobre la calificación técnica de las actividades como investigación y desarrollo o innovación tecnológica.

No es obligatorio para aplicar todas las deducciones, pero puede ser especialmente recomendable cuando:

  • El importe de la deducción es elevado.
  • El proyecto presenta una calificación técnica compleja.
  • Existen dudas entre I+D e innovación tecnológica.
  • Se solicita la monetización de la deducción.
  • Participan diferentes empresas o proveedores.
  • La empresa busca una validación técnica externa.

No obstante, su alcance debe explicarse con precisión. Para los ejercicios sometidos a la Ley 27/2014, el criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central establece que el informe vincula a la Administración respecto a la calificación de las actividades, pero la Inspección conserva capacidad para comprobar qué gastos deben formar parte de la base de la deducción.

El propio Real Decreto 1432/2003 permite que la Administración tributaria solicite posteriormente la justificación de la realidad de los gastos y de su afectación directa al proyecto.

Por tanto, disponer de un IMV no sustituye:

  • Las facturas.
  • Los partes de dedicación.
  • La contabilidad por proyectos.
  • Los justificantes de pago.
  • Las evidencias técnicas.
  • La conciliación fiscal.
  • La prueba de la relación entre actividad y gasto.

¿Cómo debe organizarse el expediente de cada proyecto?

Una estructura práctica consiste en crear una carpeta independiente para cada proyecto y ejercicio.

01. Identificación

  • Nombre del proyecto.
  • Código interno.
  • Responsable.
  • Fechas.
  • Objetivos.
  • Entidades participantes.

02. Memoria técnica

  • Punto de partida.
  • Novedad.
  • Retos técnicos.
  • Actividades.
  • Resultados.
  • Clasificación I+D o innovación tecnológica.

03. Evidencias

  • Pruebas.
  • Prototipos.
  • Diseños.
  • Repositorios.
  • Informes.
  • Actas.

04. Personal

  • Equipo.
  • Funciones.
  • Horas.
  • Nóminas.
  • Coste imputado.

05. Proveedores

  • Contratos.
  • Facturas.
  • Entregables.
  • Pagos.

06. Contabilidad

  • Mayor contable.
  • Centros de coste.
  • Amortizaciones.
  • Conciliación.

07. Ayudas

  • Resoluciones.
  • Gastos subvencionados.
  • Imputación de ingresos.

08. Fiscalidad

  • Cálculo de la deducción.
  • Declaración.
  • Deducciones pendientes.
  • Certificación e IMV.

Este sistema facilita la revisión anual y permite responder con mayor rapidez cuando se recibe un requerimiento.

¿Cuánto tiempo debe conservarse la documentación?

El Código de Comercio establece, con carácter general, que los empresarios deben conservar durante seis años los libros, la correspondencia, la documentación y los justificantes relacionados con su negocio.

Sin embargo, en materia tributaria existen plazos que pueden hacer recomendable una conservación más prolongada. La Ley General Tributaria establece un plazo de diez años para que la Administración inicie la comprobación de deducciones aplicadas o pendientes de aplicación, contado desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la declaración del ejercicio en el que se generaron.

Por este motivo, no conviene destruir automáticamente un expediente de I+D+i al cumplirse seis años. La política de conservación debe tener en cuenta:

  • El ejercicio de generación.
  • El momento de aplicación.
  • Las deducciones pendientes.
  • Posibles interrupciones de los plazos.
  • Las ayudas relacionadas.
  • Las obligaciones contractuales.
  • Los procedimientos abiertos.

La decisión debe revisarse con el asesor fiscal de la empresa atendiendo a las circunstancias concretas.

¿Qué hacer si ya se han aplicado deducciones y falta documentación?

La primera medida es evaluar el expediente sin esperar a recibir un requerimiento.

Puede ser posible recuperar evidencias a partir de:

  • Repositorios.
  • Sistemas ERP.
  • Correos electrónicos.
  • Actas.
  • Informes internos.
  • Herramientas de gestión.
  • Contratos.
  • Facturas.
  • Copias de seguridad.
  • Historiales de versiones.
  • Registros de laboratorio.
  • Documentación de proveedores.

La reconstrucción debe realizarse con información auténtica y verificable. No deben fabricarse documentos retrospectivos, alterar fechas ni asignar horas sin una base objetiva.

Un proceso razonable consiste en:

  1. Inventariar la documentación disponible.
  2. Detectar las lagunas técnicas y económicas.
  3. Identificar evidencias contemporáneas.
  4. Conciliar los costes con la contabilidad.
  5. Revisar el cálculo fiscal.
  6. Analizar los ejercicios afectados.
  7. Valorar la necesidad de asesoramiento técnico y tributario.
  8. Implantar un sistema de documentación para los proyectos futuros.

Errores frecuentes al documentar proyectos I+D+i

Preparar la memoria únicamente al cierre

Cuando la memoria se redacta meses después, es más difícil recuperar decisiones técnicas, pruebas fallidas y cambios de alcance.

Describir el producto, pero no el reto tecnológico

Una memoria comercial puede explicar qué hace la solución, pero no demuestra por qué su desarrollo constituye I+D o innovación tecnológica.

Utilizar porcentajes de dedicación estimados

Asignar horas de forma genérica sin registros, tareas o evidencias reduce la trazabilidad del coste de personal.

Conservar facturas sin entregables

La factura demuestra que hubo una operación, pero no siempre acredita qué trabajo se realizó ni su relación con el proyecto.

Mezclar varios proyectos

La normativa exige individualizar los gastos. Una única bolsa de “costes de innovación” dificulta demostrar qué importe corresponde a cada iniciativa.

Confiar toda la defensa al Informe Motivado Vinculante

El IMV refuerza la calificación técnica, pero no elimina la necesidad de justificar la realidad, cuantía y afectación de los gastos.

No conciliar la memoria con la contabilidad

Las actividades, fechas, personas y proveedores descritos en la documentación técnica deben coincidir con los costes declarados.

Checklist para revisar la documentación de una deducción I+D+i

Antes de aplicar o defender una deducción, comprueba:

  • ¿Existe una memoria técnica completa?
  • ¿Se explica el reto tecnológico?
  • ¿Se diferencia el proyecto de una mejora rutinaria?
  • ¿Las fases tienen fechas y responsables?
  • ¿Existen evidencias del desarrollo?
  • ¿Las horas del equipo están registradas?
  • ¿Las tareas justifican la dedicación imputada?
  • ¿Las facturas identifican el trabajo realizado?
  • ¿Se conservan contratos y entregables?
  • ¿Los gastos están individualizados por proyecto?
  • ¿Existe conciliación con la contabilidad?
  • ¿Se han descontado las subvenciones?
  • ¿El cálculo coincide con el Impuesto sobre Sociedades?
  • ¿La certificación y el IMV están archivados?
  • ¿La documentación se conserva durante todo el periodo de comprobación?

Preguntas frecuentes sobre la documentación de proyectos I+D+i

¿Qué documentación es imprescindible para defender una deducción I+D+i?

La empresa debe poder acreditar la naturaleza técnica del proyecto, la realidad de las actividades y la relación directa de los gastos con cada proyecto. Como base, debería disponer de una memoria técnica, evidencias de ejecución, registros del personal, facturas, contratos, contabilidad individualizada y cálculo fiscal.

¿Es obligatorio tener un Informe Motivado Vinculante?

No es obligatorio para aplicar todas las deducciones. Es una herramienta opcional que refuerza la seguridad sobre la calificación técnica y puede ser exigida para determinados mecanismos fiscales.

¿El Informe Motivado Vinculante impide que Hacienda revise los gastos?

No. Para los ejercicios sometidos a la Ley 27/2014, vincula respecto a la calificación de las actividades, pero la Administración puede comprobar qué gastos integran la base de la deducción.

¿Una certificación ENAC equivale a un Informe Motivado Vinculante?

No. La certificación la emite una entidad acreditada y el IMV lo emite el organismo público competente. La certificación suele formar parte del procedimiento general para solicitar el informe motivado, pero no son el mismo documento.

¿Pueden reconstruirse expedientes de ejercicios anteriores?

Puede recuperarse documentación auténtica a partir de registros existentes, como repositorios, facturas, contratos, correos, actas o sistemas contables. La viabilidad y utilidad de la reconstrucción dependerán de la calidad de las evidencias, el ejercicio afectado y la situación tributaria de la deducción.

¿Cada cuánto conviene revisar la documentación?

Lo recomendable es revisar el expediente durante el proyecto y realizar un cierre documental al menos una vez por ejercicio, antes de calcular y presentar la deducción.

Prepara el expediente antes de recibir un requerimiento

La mejor defensa de una deducción por I+D+i no se prepara cuando llega una revisión. Se construye durante la ejecución del proyecto, conectando cada actividad técnica con las personas, los proveedores y los gastos que la hicieron posible.

Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye el análisis fiscal, jurídico y técnico de las circunstancias concretas de cada empresa.

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